Un
sistema fiscal específico
El principio general de la fiscalidad monegasca
es la ausencia total de toda imposición
directa, aunque existen dos excepciones a este principio:
- Las empresas que obtengan de fuera
del Principado más del 25% de
su volumen de negocio y las sociedades cuya actividad en Mónaco
consista en recibir ingresos sobre patentes o sobre derechos de autor
literarios o artísticos, son sujetas
a un impuesto sobre beneficios del 33,33 %.
- Las personas físicas de nacionalidad
francesa que al 31/10/1962 no hayan podido justificar cinco años
de residencia en Mónaco, estan
sujetas al impuesto sobre la renta francés.
A parte de Francia, el Principado no ha
firmado ningun acuerdo fiscal bilateral.
Las personas físicas
Las personas físicas
residentes en Mónaco (excepto las
de nacionalidad francesa) no están
sujetas en el Principado a ningún
impuesto sobre la renta, sobre la plusvalía
o sobre el capital. Para los nacionalizados franceses hay que distinguir
dos situaciones:
- Los franceses que puedan justificar
5 años de residencia en Mónaco
al 31/10/1962 entran dentro del regimen general.
- Los otros residentes franceses estan sujetos al impuesto sobe la
renta francés, percibido por la administración
francesa en su beneficio.
Los bienes situados en Mónaco
están sujetos, en concepto de Impuesto
de Sucesión, a los siguientes tributos:
en línea directa : 0%
entre hermanos y hermanas : 8%
entre tíos y sobrinos: 10%
entre otros colaterales: 13%
entre no familia: 16%
Las empresas
Ninguna imposición
directa es requerida, con la única
excepción del impuesto sobre beneficios
en los casos precisados anteriormente.
Los timbres y registros
Estos
son requeridos para todos los documentos destinados a actos civiles
y judiciales y para las escrituras. La mayoría
de las veces son fijos, pero pueden variar dependiendo del tamaño
del documento o del valor de lo que se incluya en las actas. Los impuestos
de registro se perciben al registrar cualquier cambio.
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